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TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Promos Desayunos pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de Febrero del 2025 al 28 de Febrero del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en 3 promociones para desayunos, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Smashburger App
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡2.990
    -Tostadas Francesas + Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡4.000
    -2x1 Tater Tots – Precio: ₡2.100

  • Uber Eats
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡4.100
    -Tostadas Francesas + Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡4.000
    -2x1 Tater Tots – Precio: ₡2.250

  • Pedidos Ya
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡4.100
    -2x1 Tostadas Francesas ₡2.550

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, otras promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger App.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Plaza Amara.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Pack Desayuno pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica únicamente el 01 Febrero del 2025 al 28 de Febrero 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un Pack de Desayuno, que cuenta con los siguientes detalles:

  • 4 opciones a elegir entre:
    (Egg Bacon & Cheese, 3 Pancakes o 4 Tostadas Francesas) + 4 cafés


Precio: ₡13.900

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica únicamente en Uber Eats y Smashburger App. NO aplica en Pedidos Ya.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica únicamente en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Plaza Amara.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Combo Classic Smash pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 01 de Febrero del 2025 al 28 de Febrero del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un Combo Classic Smash, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Classic Smash (todas las proteínas) + papas o tater tots + bebida.

    Precio Restaurante y Smashburger App: ₡5.900
    Precio Uber Eats y Pedidos Ya: ₡6.900

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 40% DESCUENTO DE HÉROES pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica durante el mes de Noviembre de 2024, la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 40% de descuento en el menú regular, el máximo por orden es de ₡15.000 es decir que el cliente paga ₡9,000

  • Promoción válida para médicos, enfermeros, bomberos y policías

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  La promoción NO aplica en plataformas de reparto como Smash APP, Pedidos Ya o Uber Eats.

Artículo 7.  No es posible pagar con puntos de Smart Club.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón

Artículo 9. La promoción es válida únicamente si la persona presenta el gafete o certificación oficial. El colaborador en caja podrá abstenerse a brindar el descuento en caso de no presentar el gafete. Este descuento es de uso personal, lo que indica que el descuento será aplicado únicamente por lo correspondiente a la orden de la persona que presente la identificación solicitada.

Artículo 10.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 11.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 12.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 13.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 2x1 All-American Cheeseburger pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de Febrero del 2025 al 28 de Febrero del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 2x1 en All-American Cheeseburger, que cuenta con los siguientes detalles:

  • 2x1 All-American Cheeseburger – Miércoles y Viernes.

    -Restaurante y Smashburger App - ₡5.490
    -Uber Eats – Precio ₡5.900
    -Pedidos Ya – Precio ₡5.900

    NOTA: Aplican todas las proteínas. NO incluyen papas.


Artículo
3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, otras promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smash APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 2x1 Shake de Fresa pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de Febrero del 2025 al 14 de Febrero del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 2x1 en Shake de Fresa que cuenta con los siguientes detalles:

  • Restaurante y Smashburger App
    -2x1 Shake Fresa – del 01 al 14 de Febrero 2025

  • Uber Eats
    -2x1 Shake Fresa – del 01 al 14 de Febrero 2025

NOTA: NO aplica en festival de shakes.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Smashburger APP. NO aplica en Pedidos Ya.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 2x1 Classic Smash pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de Febrero del 2025 al 28 de Febrero del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 2x1 en Classic Smash, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Restaurante y Smashburger App
    -2x1 Classic Smash – Lunes, Martes y Jueves.
    Precio: ₡5.490

  • Uber Eats
    -2x1 Classic Smash – Lunes, Martes y Jueves.
    Precio: ₡5.900

  • Pedidos Ya
    -2x1 Classic Smash – Lunes, Martes y Jueves.
    Precio: ₡5.900

NOTA: Aplican todas las proteínas. NO incluyen papas.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

REGLAMENTO REQUISITOS Y CONDICIONES “Super Bowl”

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1. La promoción Super Bowl pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como “Smashburger Costa Rica”.

Artículo 2. Pueden participar en esta promoción cualquier persona física. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio, se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito o de manera verbal, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

Artículo 3.  La promoción se aplicará únicamente el día domingo 09 de febrero del 2025 durante la transmisión del partido (de 5:30pm a 8:30pm).


Artículo 4. Super Bowl, ofrece el beneficio de permitir al cliente consumir todas las Classic Smash o All American Cheeseburguer +papas o tots que quiera al cancelar el monto de ¢5,000 (cinco mil colones exactos).

2x1 Cervezas & Cocteles
- Cervezas: Pilsen, Imperial, Imperial Light, Imperial Silver, Bavaria Gold, & Bavaria Light
- Cocteles: Margarita Clásica, Margarita Jalapeño, Smash Jalapeño & Mojito

Como regla nadie podrá compartir los productos con otra persona que no haya cancelado la promoción; de lo contrario, esta persona deberá pagar también los ¢5,000 colones correspondientemente a la promoción.

Artículo 5. Esta promoción debe ser cancelada por adelantada en la caja antes de disponer a consumirla en la mesa.

Artículo 6. La promoción Super Bowl aplica solo en los restaurantes seleccionados, durante el horario y los días mencionados anteriormente y que se detalla a continuación:

Restaurantes:

  • Smashburger Plaza Amara.

Artículo 7. Super Bowl no aplica en agregadores como Uber Eats y Pedidos Ya.

Artículo 8. No es posible pagar con puntos del programa de lealtad.
Artículo 9. Se da por terminada la promoción al o a los clientes que abandonen las instalaciones del restaurante. El máximo de tiempo por cliente y por promoción será de 3 horas.

Artículo 10. Solo se puede solicitar 1 bebida o hamburguesa a la vez. Se debe consumir obligatoriamente todo el producto antes de servir uno nuevo. No se podrán botar o guardar productos completos. Tampoco se podrá empacar para llevar. Los productos deben consumirse por completo.

Artículo 11. Esta promoción no incluye ningún otro producto que no se encuentre detallado en este reglamento.

Artículo 12. El precio de la promoción All you can eat es de ¢5,000 colones y el 2x1 en cervezas y licores, impuestos incluidos por persona.

Artículo 13. Esta promoción no aplica en combinación con ninguna otra oferta promocional, combo, alianza comercial o descuento.


Artículo 14. Smashburger Costa Rica se reserva el derecho de NO servir esta promoción a personas que presenten conductas inapropiadas. De la misma manera se suspenderá el consumo de dicha promoción a personas que presenten estas conductas, a pesar de que hayan cancelado, no se harán reintegros de dinero.

Artículo 15. Smashburger Costa Rica se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 16. Smashburger Costa Rica es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 17. Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 18. Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 40001366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Valentine’s Combo pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de Febrero del 2025 al 28 de Febrero del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en:

-2 Classic Smash + 2 papas o tots + 2 shakes a elegir entre: Fruit Loops o Birthday Cake.

Precio: 12.500

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats y Smashburger APP. NO aplica en Pedidos Ya.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

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