Logo header SmashBurger

Reglamentos

Banner Reglamentos

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Promos Desayunos pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 01 de Mayo del 2025 al 31 de Mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en 3 promociones para desayunos, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Smashburger App
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡2.990
    -Tostadas Francesas + Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡4.000
    -2x1 Tater Tots – Precio: ₡2.100

  • Uber Eats
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡4.100
    -Tostadas Francesas + Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡4.000
    -2x1 Tater Tots – Precio: ₡2.250

  • Pedidos Ya
    -2x1 Egg Bacon & Cheese + Café – Precio: ₡4.100
    -2x1 Tostadas Francesas ₡2.550

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, otras promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger App.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Plaza Amara.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Pack Desayuno pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica únicamente del 01 de Mayo del 2025 al 31 de Mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un Pack de Desayuno, que cuenta con los siguientes detalles:

  • 4 opciones a elegir entre:
    (Egg Bacon & Cheese, 3 Pancakes o 4 Tostadas Francesas) + 4 cafés


Precio: ₡13.900

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica únicamente en Uber Eats y Smashburger App. NO aplica en Pedidos Ya.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica únicamente en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Plaza Amara.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 3 All American Cheeseburguer x 5,900 pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica únicamente el día 07 de mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en 3 All American Cheeseburguer x 5,900 colones, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Restaurante y Smashburger App
    -3x 5,900 All American Cheeseburguer –válido únicamente el 07 de Mayo 2025 hasta agotar existencias.
    Precio: ₡5,900

  • Uber One
    -3x 5,900 All American Cheeseburguer – válido únicamente el 07 de Mayo 2025 hasta agotar existencias.
    Precio: ₡5,900

  • Pedidos Ya
    -3x 5,900 All American Cheeseburguer –válido únicamente el 26, 27 y 28 de Mayo 2025 hasta agotar existencias.
    Precio: ₡5,900

NOTA: Aplican todas las proteínas. NO incluyen papas ni bebida.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 20% OFF Smash App pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado 20% OFF Smash App aplica del 01 de Mayo del 2025 al 31 de Mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

  • Esta promoción consiste de un 20% de descuento en órdenes para retirar en restaurante gestionadas por medio de la Smashburger App. No aplica en promociones o combos de la app.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  NO aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya. Válida unicamente en Smashburger App.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Combo Classic Smash pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 01 de Mayo del 2025 al 11 de Mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un Combo Classic Smash, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Classic Smash (todas las proteínas) + papas o tater tots + bebida.

    Precio Restaurante y Smashburger App: ₡5.900
    Precio Uber Eats y Pedidos Ya: ₡6.900

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  No Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya. Aplica únicamente en ordenes gestionadas en restaurante y Smashburger APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Vegas Smash pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 25 de Abril del 2025 al 18 de Mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción cuenta con los siguientes detalles:

  • Restaurante y Smashburger App
    -Hamburguesa Vegas Smash+ fries/ tots + cerveza modelo
    Precio con tarjetas Visa: 10,500
    Precio con otras tarjetas: 12,000

    -Hamburguesa Vegas Smash+ fries/ tots+ bebida en vaso
    Precio con tarjetas Visa: 8,500
    Precio con otras tarjetas: 10,000

  • Uber One
    -Hamburguesa Vegas Smash+ fries/ tots+ bebida gaseosa
    Precio exclusivo Uber One: 8,500
    Con Cerveza Modelo: + 2,000

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Smashburger APP y ordenes gestionadas en restaurante. No aplica en Pedidos Ya.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón. (aplica únicamente bebidas gaseosas)
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 30% DESCUENTO DE HÉROES pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica durante el mes de Abril 2025, la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 30% de descuento en el menú regular, el máximo por orden es de ₡15.000 es decir que el cliente paga ₡10,500

  • Promoción válida para médicos, enfermeros, bomberos y policías.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  La promoción NO aplica en plataformas de reparto como Smash APP, Pedidos Ya o Uber Eats.

Artículo 7.  No es posible pagar con puntos de Smart Club.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón

Artículo 9. La promoción es válida únicamente si la persona presenta el gafete o certificación oficial. El colaborador en caja podrá abstenerse a brindar el descuento en caso de no presentar el gafete. Este descuento es de uso personal, lo que indica que el descuento será aplicado únicamente por lo correspondiente a la orden de la persona que presente la identificación solicitada.

Artículo 10.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 11.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 12.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 13.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 2x1 All-American Cheeseburger pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 01 de Mayo del 2025 al 31 de Mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 2x1 en All-American Cheeseburger, que cuenta con los siguientes detalles:

  • 2x1 All-American Cheeseburger – Miércoles y Viernes.

    -Restaurante y Smashburger App - ₡5.490
    -Uber Eats – Precio ₡5.900
    -Pedidos Ya – Precio ₡5.900

    NOTA: Aplican todas las proteínas. NO incluyen papas ni bebida.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, otras promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smash APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado 2x1 Classic Smash pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 01 de Mayo del 2025 al 31 de Mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en un 2x1 en Classic Smash, que cuenta con los siguientes detalles:

  • Restaurante y Smashburger App
    -2x1 Classic Smash – Lunes, Martes y Jueves.
    Precio: ₡5.490

  • Uber Eats
    -2x1 Classic Smash – Lunes, Martes y Jueves.
    Precio: ₡5.900

  • Pedidos Ya
    -2x1 Classic Smash – Lunes, Martes y Jueves.
    Precio: ₡5.900

NOTA: Aplican todas las proteínas. NO incluyen papas ni bebida.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  Aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La promoción por tiempo limitado Shake de cumpleaños pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 1° de Enero del 2025 al 31 de Diciembre del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción consiste en:

  • Un Shake de cumpleaños gratis.

    NOTA: El cumpleañero debe de presentar su cédula de identidad física o en foto y visitarnos dentro de la semana de cumpleaños.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  No plica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP. Aplica únicamente en compras gestionadas en restaurantes.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Promo Champions pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica únicamente el 31 de Mayo del 2025, la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción cuenta con los siguientes detalles:

  • 2x1 en cervezas y cocteles

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  NO aplica en plataformas de reparto como Smashburger APP , Uber Eats, Pedidos Ya. Aplica únicamente en ordenes gestionadas en restaurante

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado Smash Week pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 26 de Mayo del 2025 al 30 de Mayo del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción cuenta con los siguientes detalles:

  • Restaurante y Smashburger App
    Por la compra de una hamburguesa, recibes una segunda hamburguesa, GRATIS.

    Aplica únicamente en hamburguesas Signature y en todas las proteínas.
    La segunda hamburguesa gratis será igual a la solicitada. No se puede elegir otra hamburguesa del menú.

Nota: No incluye papas.

Artículo
3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  NO aplica en plataformas de reparto como Uber Eats o Pedidos Ya. Aplica únicamente en Smashburger APP y ordenes gestionadas en restaurante

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. 

TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES

Artículo 1.  La oferta por tiempo limitado BAC COMBO pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como "Smashburger Costa Rica".

Artículo 2.  La oferta por tiempo limitado aplica del 15 de Mayo del 2025 al 31 de Julio del 2025 la siguiente oferta estará disponible en Smashburger Costa Rica seleccionados.

Esta promoción cuenta con los siguientes detalles:

  • Double Classic Smash + fries+ bebida 22 OZ

Precio: 7,900 colones.

NOTA: Aplican todas las proteínas.

Artículo3.  Por el "Reglamento" entiéndase este documento por la "Oferta por tiempo limitado" la actividad promocional que aquí se regula, por "Participante" la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, la promoción es válida únicamente para personas físicas y jurídicas. 

Artículo4.  Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.

RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES

Artículo5.  Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones Combos Ejecutivos, Smash Share, Smash Pack, Menú de Niños, promociones 2x1 o bien descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Smashburger Costa Rica.

Artículo 6.  NO aplica en plataformas de reparto como Uber Eats, Pedidos Ya y Smashburger APP. Aplica únicamente en ordenes gestionadas y para consumo en restaurante.

Artículo 7.  No es válida la aplicación del programa de lealtad.

Artículo 8.  Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios.

Aplica en los siguientes restaurantes:

  • Smashburger Paseo Colón.
  • Smashburger Sabana Oeste.
  • Smashburger Plaza Amara.
  • Smashburger Lincoln Plaza.

Artículo 9.  El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

Artículo 10.  El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Smashburger Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.

Artículo 11.  Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.

Artículo 12.  Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4000-1366 o bien por correo electrónico a [email protected]. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.

2025 SMASHBURGER COSTA RICA. ©TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS